("EL MASTER DEL GUAPO HACKER") BLOG PROPIEDAD DE XAVIER VALDERAS. Son mis particulares anotaciones sobre estudios de MBA (Master in Business Administration , o sea “Maestría en Administración de Negocios”). Aquí puedes encontrar de casi todo lo referente a los masters, querido visitante internauta, pero recuerda siempre que el mejor MBA y la más importante es “La Escuela de Negocios de la Vida”, la cual no te cobra ni matricula y es lógicamente en la que más aprenderás. Saludos y sed bienvenidos
martes, 12 de junio de 2012
PERSONALIDAD
- Artículo 1.2 del Código de Comercio: «son comerciantes ... : las compañías mercantiles e industriales que se constituyen con arreglo a este Código». - Artículo 116 del Código de Comercio: define el contrato de compañía: por dicho contrato «dos o más personas se obligan a poner en fondo común bienes, industria, o alguna de estas cosas, para obtener lucro.»
1) Diferencias de las sociedades mercantiles de las civiles
Por un elemento real: artículos 117 y 124 del Código de Comercio: la distinción se funda en la naturaleza de la actividad, dedicarse a actos de comercio. Artículo 3 de la Ley de Sociedades Anónimas y de la Ley de Sociedades de Responsabilidad Limitada: establecen un criterio formal para las Sociedades Anónimas y Sociedades de Responsabilidad Limitada: «toda sociedad que al constituirse adopte una de estas formas será mercantil, cualquiera que fuera su objeto».
2) Personalidad
Artículo 117 del Código de Comercio: la sociedad se perfecciona por el simple consentimiento: «el contrato de compañía, celebrado con los requisitos esenciales del Derecho, será válido y obligatorio entre los que lo celebran, cualquiera que sea la forma ... con que lo constituyen». Esencial: la comunidad de fin.
Son fines comunes:
— Fin subjetivo: obtención de lucro.
— Fin objetivo: consecución del objetivo social.
— Fin instrumental: la creación de una persona jurídica, para alcanzar los fines anteriores.
3) ¿Cuándo aparece la sociedad como persona jurídica?
El artículo 119 del Código de Comercio exige a las sociedades mercantiles hacer constar sus pactos, condiciones y constitución en «Escritura Pública» e inscribirla en el «Registro Mercantil»: valor constitutivo de la inscripción. Ley de Sociedades Anónimas y Sociedad Limitada, artículos 7 y 11: «Se constituirán en dicha forma».
Consecuencias de ser persona jurídica:
— Capacidad jurídica de la sociedad en las relaciones internas y externas.
— Autonomía patrimonial de la sociedad.
— Separación de responsabilidad de la sociedad respecto de los socios.
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