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sábado, 30 de junio de 2012

CUOTA ÍNTEGRA


La cuota íntegra es el resultado de aplicar el tipo de gravamen a la base imponible. A partir de la cuota íntegra y tras las deducciones que procedan se llega a la cuota a ingresar o devolver. El RDLeg. 4/2004 mantiene las especialidades en el cálculo de la cuota íntegra para el caso de las Cooperativas, según las reglas de la Ley 20/1990, de 19 de diciembre, sobre Régimen Fiscal de las Cooperativas.

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